Este lunes, el vicepresidente Edmand Lara comunicó que ejercerá la Presidencia en ejercicio mientras Rodrigo Paz se encuentra en Estados Unidos participando en la Asamblea General de Naciones Unidas. Lara basa su decisión en el artículo 169 de la Constitución, afirmando que este precepto legal prevalece sobre el Decreto Supremo 5515.
Lara declaró a los medios de comunicación: "En ausencia del presidente, mi persona asume la suplencia legal". Agregó que esta postura fue respaldada por su equipo jurídico, recomendándole hacer uso del mencionado artículo que establece que el vicepresidente toma el control durante un periodo de 90 días ante la falta temporal del presidente.
Esta decisión genera un conflicto con el Decreto Supremo 5515, que habilita al presidente a cumplir sus funciones desde el extranjero a través de tecnología. Lara argumentó que, si bien la tecnología puede facilitar la comunicación, no puede estar por encima de la Constitución.
El mandato de Lara será temporal, ya que anunció que viajará a Paraguay este martes para firmar un memorándum de entendimiento y reunirse con autoridades de ese país. En su ausencia, la conducción del Ejecutivo quedará a cargo del presidente del Senado, Gustavo Ávila, conforme a su interpretación de la Constitución para cuando también el vicepresidente se ausenta.
Esta situación reabre un debate jurídico sobre la aplicación del artículo 169 en contraposición al Decreto Supremo 5515. Cabe recordar que la Sentencia Constitucional Plurinacional 0113/2024 ya había establecido que, durante la falta temporal del presidente, el vicepresidente asume la Presidencia y puede ejercer simultáneamente las funciones de ambos cargos.