La administración de Rodrigo Paz ha aclarado que Fernando Cerimedo no ostentaba un cargo formal dentro del Gobierno, lo que ahora plantea nuevas preguntas debido a su aparente conexión con la estructura estatal. Entre los documentos que han surgido se encuentra una tarjeta donde Cerimedo es identificado como “Asesor Principal del Presidente”, junto con información sobre el uso de un correo electrónico institucional, lo cual contradice la versión oficial de que no era un funcionario público, sino un asesor externo.
El debate no se centra únicamente en el título que aparece en la tarjeta, sino en el proceso por el cual Cerimedo tuvo acceso a mecanismos institucionales que le permitieron comunicarse desde una plataforma estatal. Aunque un correo institucional no equivale a un nombramiento oficial, sí plantea interrogantes sobre las condiciones que permitieron a un particular acceder a recursos y servicios de una entidad pública.
La normativa boliviana establece regulaciones claras sobre el uso de bienes y servicios públicos, así como las responsabilidades que existen cuando estos se utilizan de forma inapropiada en beneficio de terceros. Esta situación también genera un debate jurídico en relación con el artículo 163 del Código Penal, que tipifica la usurpación de funciones para quienes ejerzan roles públicos sin el respaldo correspondiente de autoridad competente.
Si se demuestra que Cerimedo actuaba en funciones públicas sin un nombramiento válido, se deberá investigar si su accionar constituye algún delito. Sin embargo, el simple hecho de utilizar el título de "asesor principal" no implica necesariamente que se haya cometido un delito.
Asimismo, es importante identificar a los funcionarios que pudieron haber autorizado el acceso de Cerimedo a recursos estatales. La Ley 004, conocida como Ley Marcelo Quiroga Santa Cruz, tipifica el Uso Indebido de Bienes y Servicios Públicos, estableciendo responsabilidades cuando se emplean recursos del Estado para beneficio particular.
Por lo tanto, la cuestión que queda en el aire no es solo el rol real de Cerimedo, sino quién dentro de la estructura del Estado aprobó su acceso a herramientas institucionales y qué justificación legal respaldó dicha autorización.