El 7 de septiembre, el gabinete del presidente Rodrigo Paz aprobó el Decreto Supremo 5701, que permitirá a las refinerías Gualberto Villarroel y Guillermo Elder Bell retomar la producción de gasolina, diésel, gasolina de aviación, kerosene y Jet Fuel A-1, según indicó el Gobierno en un comunicado oficial.
Esta normativa otorga a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB), a través de su filial YPFB Refinación S.A., la autorización excepcional para importar petróleo, el cual será procesado y comercializado para fortalecer la actividad de refinación en el país.
El decreto subraya que el uso de hidrocarburos debe fomentar un desarrollo integral y sostenible, asegurando un abastecimiento constante de carburantes en el mercado interno y promoviendo la industrialización y exportación de excedentes en beneficio del Estado.
Las refinerías están obligadas a garantizar la calidad del petróleo importado y a cumplir con las normativas técnicas definidas por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías.
Los productos derivados del petróleo importado, que estarán disponibles en el mercado interno, podrán ser combinados con Aditivos de Origen Vegetal, ya sean de origen nacional o importados.
Una de las características más destacadas de esta medida es que los productos derivados serán vendidos a precios de mercado, y no se aplicarán subsidios, como se establece en el artículo 10 del decreto, que aclara que estas operaciones estarán exentas de subvención.
La comercialización se efectuará a través de diversos canales, incluidos distribuidores mayoristas, grandes consumidores y estaciones de servicio, permitiendo así una mayor flexibilidad en la distribución.
Por último, se ha determinado que la alícuota del Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados (IEHD) aplicable a estos productos será de 0,00 Bs/Lt hasta el 31 de diciembre de 2030, lo que podría fomentar la competitividad en el sector.
La reglamentación de este decreto será aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y el Ministerio de Hidrocarburos y Energías en un plazo de cinco días hábiles, una vez publicado el decreto.